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DISCRIMINACIÓN POR DISCAPACIDAD

DISCRIMINACIÓN POR DISCAPACIDAD

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 ("ADA") prohíbe que los empleadores privados, los gobiernos estatales y locales, las agencias de empleo y los sindicatos discriminen a las personas calificadas con discapacidades en los procedimientos de solicitud de empleo, contratación, despido, ascenso, compensación, capacitación laboral, y otros términos, condiciones y privilegios de empleo.  La ADA cubre a los empleadores con 15 o más empleados, incluidos los gobiernos estatales y locales.  También se aplica a las agencias de empleo y organizaciones laborales.  Las normas de no discriminación de la ADA también se aplican a los empleados del sector federal en virtud de la sección 501 de la Ley de Rehabilitación, enmendada, y sus reglas de implementación.

Una persona con una discapacidad es una persona que:

  • Tiene un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más actividades principales de la vida;

  • Tiene un registro de tal impedimento; o

  • Se considera que tiene tal impedimento.

 

Un empleado calificado o solicitante con una discapacidad es una persona que, con o sin ajustes razonables, puede realizar las funciones esenciales del trabajo en cuestión.  Las adaptaciones razonables pueden incluir, pero no se limitan a:

  • Hacer que las instalaciones existentes utilizadas por los empleados sean fácilmente accesibles y utilizables por personas con discapacidades.

  • Reestructuración laboral, modificación de horarios de trabajo, reasignación a puesto vacante;

  • Adquirir o modificar equipos o dispositivos, ajustar o modificar exámenes, materiales de capacitación o políticas, y proporcionar lectores o intérpretes calificados.

 

Se requiere que un empleador haga una adaptación razonable a la discapacidad conocida de un solicitante o empleado calificado si no impondría una "dificultad excesiva" en la operación del negocio del empleador.  Dificultades excesivas se define como una acción que requiere una dificultad o un gasto significativo cuando se considera a la luz de factores tales como el tamaño del empleador, los recursos financieros y la naturaleza y estructura de su operación.

Un empleador no está obligado a bajar los estándares de calidad o producción para hacer un ajuste; el empleador tampoco está obligado a proporcionar artículos de uso personal, como anteojos o audífonos.

También es ilegal tomar represalias contra una persona por oponerse a las prácticas laborales que discriminan por motivos de discapacidad o por presentar una denuncia por discriminación, testificar o participar de alguna manera en una investigación, procedimiento o litigio conforme a la ADA.

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